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Tribunal Constitucional

Sentencia 1272/2024 · Exp. 03901-2023-AC

Sala 1 · Infundada · 2024-11-28

Fundamentos jurídicos relevantes

12. [...] De lo cual se infiere que con respecto a la bonificación mensual establecida en la Ley 24053, al personal comprendido en la citada ley, esto es, al personal calificado como vencedor de la “Campaña Militar 1941”; a los excombatientes acreditados como defensores calificados del “Conflicto de 1933” por el Comando Conjunto; y a los excombatientes de los años 1978, 1981 y 1995 calificados como Defensores de la Patria por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, les corresponde percibir una única bonificación mensual –independientemente del número de conflictos en los que el excombatiente calificado haya participado–.

13. En el caso de autos, el accionante aduce que se encuentra percibiendo la bonificación establecida en el artículo 1 de la Resolución Directoral 3809/S.4.a.3.a.S por su participación en el conflicto de 1981. En consecuencia, esta Sala del Tribunal entiende que se ha dado cabal cumplimiento al mandato establecido en el artículo 1 de la Resolución Directoral 3809/S.4.a.3.a.S, de fecha 5 de diciembre de 2016; por lo que la presente demanda debe ser desestimada.

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Datos de la sentencia

Expediente: 03901-2023-AC
Número de sentencia: 1272/2024
Colegiado: Sala 1
Sentido de la resolución: Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Lima
Fecha de emisión: 2024-11-28
Fecha de publicación: 2024-12-20
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Ministerio de Defensa y otro
Palabras clave
Proceso de cumplimientoCumplimiento de resolución administrativabono "Defensor de la Patria"
Tesauro
Acción de cumplimiento

Sentencia en PDF

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 1, Sentencia 1272/2024, Exp. 03901-2023-AC, 2024-11-28. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.