Sentencia 1724/2024 · Exp. 03943-2024-AA
Sala 2 · Improcedente · 2024-12-12
Fundamentos jurídicos relevantes
7. De la revisión de autos se advierte que, luego de realizar una valoración conjunta de las pruebas actuadas, el Décimo Primer Juzgado Constitucional de Lima, ante la incertidumbre surgida respecto al verdadero estado de salud del actor, mediante Resolución 11, de fecha 23 de noviembre de 20216 , dispuso que este se sometiera a un nuevo examen médico ante el Instituto Nacional de Rehabilitación (INR) del Ministerio de Salud; sin embargo, esta decisión no fue aceptada por el accionante, conforme se aprecia del escrito de fecha 28 de febrero de 2022, en el que manifiesta su negativa a ser evaluado en el citado instituto médico. En tal sentido, se declara improcedente la demanda en virtud de lo establecido en la sentencia emitida con carácter de precedente en el Expediente 05134-2023-PA/TC.
8. Por tanto, atendiendo a que el recurrente no cumplió con lo ordenado en el mandato judicial respecto a someterse voluntariamente a una nueva evaluación médica, corresponde declarar improcedente la demanda, en aplicación de la Regla Sustancial 4 establecida en el Expediente 05134- 2022-PA/TC, que constituye precedente de observancia obligatoria, por lo que se deja a salvo su derecho para que haga valer su pretensión en la vía ordinaria.
Texto de la sentencia
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