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Tribunal Constitucional

Sentencia 1230/2024 · Exp. 04021-2023-HC

Sala 1 · Improcedente · 2024-11-26

Fundamentos jurídicos relevantes

9. En consecuencia, al haberse concluido el periodo de prueba, a la fecha, la medida condenatoria ya no surte efectos jurídicos sobre la libertad personal del recurrente, por lo que no existe amenaza alguna sobre este o sus derechos conexos. Por ello, no existe necesidad de emitir un pronunciamiento de fondo, al haberse producido la sustracción de la materia controvertida conforme a lo dispuesto por el artículo 1 del Nuevo Código Procesal Constitucional, por haber cesado los hechos que en su momento sustentaron la interposición de la demanda (28 de febrero de 2023).

10. De otro lado, respecto del pedido de nulidad del certificado de antecedentes penales, emitido por la jefa del Registro de Condenas, doña [nombre omitido], este constituye un petitorio que excede del ámbito de protección del habeas corpus.

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Datos de la sentencia

Expediente: 04021-2023-HC
Número de sentencia: 1230/2024
Colegiado: Sala 1
Sentido de la resolución: Improcedente
Distrito judicial: Distrito Judicial de Lima
Fecha de emisión: 2024-11-26
Fecha de publicación: 2024-12-20
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Loreto y otro
Palabras clave
Hábeas corpuscese de los hechos que sustentaron la demanda
Tesauro
Acción de Habeas Corpus

Sentencia en PDF

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 1, Sentencia 1230/2024, Exp. 04021-2023-HC, 2024-11-26. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.