Sentencia 40/2025 · Exp. 04061-2022-HC
Sala 1 · Improcedente / Infundada · 2025-01-06
Fundamentos jurídicos relevantes
5. En el presente caso, esta Sala del Tribunal aprecia que en un extremo de la demanda se cuestionan elementos que corresponden ser determinados por la judicatura ordinaria, tales como la aplicación de medidas de coerción procesal; el cumplimiento de requisitos para dictar el mandato de prisión preventiva, la revaloración de medios probatorios respecto a los elementos de convicción y su suficiencia, así como la aplicación de un acuerdo plenario y de una casación al caso concreto. Al respecto, conforme a reiterada jurisprudencia de este Tribunal sobre la materia, el análisis de la valoración y la suficiencia probatoria que sustentan la imposición de la medida de prisión preventiva son asuntos que no corresponde resolver en la vía constitucional.
7. En consecuencia, respecto a los fundamentos del 4 a 6 supra resulta de aplicación el artículo 7, inciso 1 del Nuevo Código Procesal Constitucional. […]
18. Este Tribunal advierte de las citadas resoluciones que si bien el órgano jurisdiccional demandado consideró que al analizar el peligro de fuga (peligrosismo procesal) se acredita que el recurrente tendría arraigos familiar (que no ha sido discutido por el Ministerio Publico) y domiciliario, sin embargo, no se acredita que tenga arraigo laboral porque trabajaba para el colegio de propiedad de su coprocesado don [nombre omitido] quien sería líder de una presunta organización criminal de la cual el actor formaría parte; y, en tal virtud realizó actos de conversión y transferencias, por lo que servía a los intereses de su referido coprocesado, y por ello, la falta de arraigo laboral es un hecho que demuestra que no estará sujeto al proceso penal. Además, se consideró que en el caso de imponérsele una pena sería una no menor a los diez años de pena privativa de la libertad; y, que el delito por el cual se le investiga (lavado de activos en el marco de una organización criminal) es grave por su carácter pluriofensivo.
Texto de la sentencia
tomado del PDF oficialNo se pudo leer el texto del PDF (dirección del PDF no permitida). Ábrelo en la fuente oficial.
