Inicio › Jurisprudencia › Sentencia 776/2023 · Exp. 04145-2022-AA
Tribunal Constitucional

Sentencia 776/2023 · Exp. 04145-2022-AA

Sala 1 · Improcedente · 2023-11-10

Fundamentos jurídicos relevantes

2. En el presente caso, si bien se alega la posible amenaza o afectación a los derechos constitucionales, que podría generarse por la instalación de la SAB frente a las viviendas de los demandantes, el análisis de la controversia pasa por la necesaria verificación de la existencia de tales amenazas o afectaciones a través de medios de prueba, lo cual no se aprecia del material probatorio presentado. Por ello, esta Sala del Tribunal Constitucional considera que la controversia debe ser dilucidada en un proceso que cuente con estación probatoria, lo que no ocurre en el proceso de amparo conforme se desprende del artículo 13 del Nuevo Código Procesal Constitucional.

3. En consecuencia, la demanda debe ser desestimada, ya que el proceso de amparo no es la vía adecuada en este caso, dejando a salvo el derecho de la parte demandante para hacerlo valer en la vía correspondiente, en aplicación del artículo 7, inciso 2 del Nuevo Código Procesal Constitucional.

Selección del propio Tribunal Constitucional en su buscador de jurisprudencia.

Texto de la sentencia

tomado del PDF oficial

No se pudo leer el texto del PDF (dirección del PDF no permitida). Ábrelo en la fuente oficial.

Lectura automática del PDF: puede tener errores de formato y los nombres de personas se ocultan de forma aproximada. El documento válido es el oficial.

Datos de la sentencia

Expediente: 04145-2022-AA
Número de sentencia: 776/2023
Colegiado: Sala 1
Sentido de la resolución: Improcedente
Distrito judicial: Distrito Judicial de Lima
Fecha de emisión: 2023-11-10
Fecha de publicación: 2023-11-30
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Municipalidad Distrital de Santiago de Surco y otros
Palabras clave
Proceso de Amparovía igualmente satisfactoria
Tesauro
Acción de Amparo

Sentencia en PDF

Las sentencias no tienen protección de derecho de autor si se cita la fuente (DL 822, art. 9). Datos copiados del buscador público del Tribunal Constitucional.

Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 1, Sentencia 776/2023, Exp. 04145-2022-AA, 2023-11-10. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.