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Tribunal Constitucional

Sentencia 359/2025 · Exp. 04296-2023-AA

Sala 2 · Fundada · 2025-04-11

Fundamentos jurídicos relevantes

9. En opinión de esta Sala del Tribunal Constitucional, la resolución cuestionada ha vulnerado el derecho al debido proceso, pues la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República no analizó adecuadamente las causales denunciadas, dado que el demandante no solo cumplió el requisito de procedencia contemplado en el inciso 3) del artículo 388 del Código Procesal Civil, sino que, además, la emplazada no tomó en cuenta los criterios expuestos por el Tribunal Constitucional y emitidos en calidad de precedente vinculante, referidos al carácter no pensionable ni remunerativo del bono por función fiscal. En consecuencia, corresponde estimar la presente demanda.

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Datos de la sentencia

Expediente: 04296-2023-AA
Número de sentencia: 359/2025
Colegiado: Sala 2
Sentido de la resolución: Fundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Lima
Fecha de emisión: 2025-04-11
Fecha de publicación: 2025-05-16
Demandante: Ministerio Público
Demandado: Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República
Palabras clave
derecho al debido procesobono por función fiscalPensión de cesantía
Tesauro
Derecho a la tutela jurisdiccional efectiva Ministerio PúblicoAcción de Amparo

Sentencia en PDF

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 2, Sentencia 359/2025, Exp. 04296-2023-AA, 2025-04-11. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.