Sentencia 337/2024 · Exp. 04586-2022-HC
Sala 2 · Fundada/ Improcedente · 2024-03-18
Fundamentos jurídicos relevantes
11. En consecuencia, este Tribunal advierte que la Resolución 2, de fecha 18 de junio de 2021, declaró en forma indebida inadmisible el recurso de queja por extemporáneo, sin responder las alegaciones del favorecido respecto de la existencia de un error en el Sistema Virtual del Poder Judicial y restringiendo su posibilidad de que se tramite el recurso que interpuso. Siendo así, debe estimarse la demanda y declarar la nulidad de la Resolución 2, de fecha 18 de junio de 2021, por lo que los jueces emplazados deberán admitir el mencionado recurso de queja y, de ser el caso, pronunciarse sobre la Resolución 6, de fecha 23 de abril de 2021, que declara improcedente el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia condenatoria.
12. Al haberse acreditado la vulneración del derecho a la motivación de las resoluciones judiciales, así como los derechos de acceso a los recursos, a la pluralidad de instancia y de defensa, corresponde declarar la nulidad de la Resolución 2, de fecha 18 de junio de 2021 y, en consecuencia, ordenar a la Sala superior que admita a trámite el recurso de queja interpuesto contra la Resolución 6, de fecha 23 de abril de 2021, que declaró improcedente el recurso de apelación presentado contra la sentencia condenatoria, Resolución 3, de fecha 27 de enero de 2021, mediante la cual don [nombre omitido] fue condenado a veinte años de pena privativa de la libertad por el delito de violación sexual de persona con incapacidad de dar libre consentimiento.
13. Asimismo, con base en lo resuelto, no corresponde a este Tribunal emitir pronunciamiento sobre la Resolución 5, de fecha 8 de abril de 2021, que declaró inadmisible el recurso de apelación presentado contra la sentencia condenatoria, ni sobre la Resolución 6, de fecha 23 de abril de 2021, en la medida que, conforme a lo aquí resuelto, aún carecen de firmeza.
Texto de la sentencia
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