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Tribunal Constitucional

Sentencia 1080/2023 · Exp. 04644-2022-AA

Pleno · Infundada · 2023-11-16

Fundamentos jurídicos relevantes

11. En tal sentido, a consideración de este Tribunal, la resolución judicial materia de cuestionamiento justificó fáctica y jurídicamente la decisión de declarar infundada la demanda laboral incoada por el recurrente, interpretando el artículo 30 del Decreto Supremo 003-97-TR, que regula el principio de inmediatez, a la luz de lo establecido en la jurisprudencia de este Tribunal Constitucional, en relación con los alcances de dicho principio, y aplicándolo al caso concreto según las circunstancias especiales que lo rodearon. Por lo demás, en relación con la falta grave que se le atribuyó, y que el recurrente objeta, esta fue analizada por el a quo, que concluyó que sí se había incurrido en falta grave, valorando en conjunto el caudal probatorio actuado en el proceso subyacente, no habiendo el actor impugnado ese extremo de la sentencia. Por el contrario, de los argumentos que sirven de sustento a la demanda y tal como expresamente lo expresó en ella, lo que cuestiona es el criterio adoptado por los jueces emplazados en relación con el principio de inmediatez, lo que no se condice con los fines del proceso de amparo.

12. Por otro lado, en lo concerniente a la alegada afectación del derecho al trabajo, que se basa en que el actor fue despedido fraudulentamente e inobservando el principio de inmediatez, de lo actuado y de los argumentos que respaldan tal pretensión, se desprende que ello guarda relación con el fondo de la controversia discutida en el proceso subyacente y que fue desestimado por los jueces demandados.

13. Finalmente, según se aprecia de los actuados del proceso subyacente, el demandante tuvo acceso irrestricto a la jurisdicción y el proceso se desarrolló conforme a las reglas del procedimiento preestablecidas, habiendo ejercido activamente sus derechos de defensa, el derecho a la pluralidad de instancias, el derecho a la motivación de las resoluciones, el derecho a los medios de prueba, entre otros.

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Texto de la sentencia

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Datos de la sentencia

Expediente: 04644-2022-AA
Número de sentencia: 1080/2023
Colegiado: Pleno
Sentido de la resolución: Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Arequipa
Fecha de emisión: 2023-11-16
Fecha de publicación: 2023-11-30
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Segunda Sala Laboral de la Corte Superior de Justicia de Arequipa
Palabras clave
Principio de inmediatezDerecho al trabajoreposición laboral
Tesauro
Derecho al trabajo con sujeción a la leyReposición

Sentencia en PDF

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Pleno, Sentencia 1080/2023, Exp. 04644-2022-AA, 2023-11-16. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.