Sentencia 535/2023 · Exp. 04877-2022-HC
Sala 1 · Infundada · 2023-09-18
Fundamentos jurídicos relevantes
8. De los actuados, se advierte, por un lado, que efectivamente el ente edil emplazado ha procedido a otorgar una licencia de edificación por un área de 298.44 m2 de una vivienda multifamiliar en la modalidad B, la que consta de tres niveles y azotea solicitada por la sociedad conyugal, señores [nombre omitido], dado que son propietarios de dicho inmueble, y han cumplido con los requisitos exigidos administrativamente. Por otro lado, se corrobora de lo expuesto en el Acta de Verificación, entre otros elementos que obran en autos, que existe un pasaje reducido que no ha sido obstruido por el desarrollo propio de la edificación cuestionada que además cuenta con la autorización correspondiente para el efecto. Asimismo, no se ha constatado ningún bloqueo u obstaculización del referido pasaje. En tal sentido, esta Sala del Tribunal Constitucional no verifica la afectación al derecho a la libertad de tránsito denunciado por los demandantes.
Texto de la sentencia
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