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Tribunal Constitucional

Sentencia 1086/2023 · Exp. 05292-2022-AA

Sala 2 · Infundada · 2023-11-16

Fundamentos jurídicos relevantes

12. De lo expuesto se puede apreciar que las disposiciones fiscales materia de cuestionamiento se encuentran debidamente motivadas, pues en ellas se expresaron las razones fácticas y jurídicas que justificaron la decisión, en el caso de la Disposición 4, de no formalizar la denuncia penal por el delito contra la administración pública en la modalidad de fraude procesal; y, en el caso de la Disposición Fiscal Superior 101-2022-MPFN-1°FSCPSI-L de declarar infundada la queja de derecho formulada contra la primera y ordenar el archivo definitivo de todo lo actuado. Por el contrario, de los argumentos que sirven de sustento a la demanda se advierte que en realidad lo que busca la recurrente es que la jurisdicción constitucional ordene la formalización de la denuncia penal por el delito de fraude procesal, sin que la prueba acopiada durante la investigación preliminar hubiera generado convicción en el fiscal respecto a la existencia de indicios de su comisión, lo que no se condice con los fines del proceso de amparo.

13. Por otro lado, tampoco se evidencia la afectación de su derecho a la prueba, no solo porque contrariamente a lo señalado por la actora, las diligencias adicionales dispuestas por la fiscalía superior al ordenar la ampliación de la investigación sí se efectuaron, sino también porque no consta de lo actuado que ella se hubiera visto limitada la posibilidad de ofrecer medios probatorios o que le hubieran denegado la admisión, actuación o valoración de ellos.

14. Finalmente, en relación con la alegada afectación de sus derechos a la tutela procesal efectiva y al debido proceso, además de lo expuesto en los fundamentos supra, de la revisión de lo actuado se puede apreciar claramente que la denuncia formulada por la recurrente contra Primo Solutions S.A.C. fue recibida, habiendo efectuado el fiscal provincial designado diversas diligencias, a fin de esclarecer los hechos y que la recurrente tuvo participación activa durante el trámite, tanto es así que incluso interpuso recurso de queja de derecho que posibilitó, no solo la ampliación de la investigación, sino que también permitió que lo resuelto por el fiscal provincial sea revisado en una instancia superior.

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Datos de la sentencia

Expediente: 05292-2022-AA
Número de sentencia: 1086/2023
Colegiado: Sala 2
Sentido de la resolución: Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Huánuco
Fecha de emisión: 2023-11-16
Fecha de publicación: 2023-11-30
Demandante: Universidad Nacional Agraria de la Selva
Demandado: Primera Fiscalía Provincial Penal de San Isidro y otro
Palabras clave
Derecho a la debida motivaciónderecho a la pruebaderecho a la tutela procesal efectivaderecho al debido proceso
Tesauro
Derecho a la motivaciónDerecho a la pruebaDerecho a la tutela jurisdiccional efectiva

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 2, Sentencia 1086/2023, Exp. 05292-2022-AA, 2023-11-16. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.