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Jurisprudencia · SPIJ

Infundada: Se precisa que la cuestionada extemporaneidad de la resolución que confirmó la revocabilidad no enerva la validez de la…

Expediente 00336-2023-PHC/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2024-10-22

Sumilla

INFUNDADA. SE PRECISA QUE LA CUESTIONADA EXTEMPORANEIDAD DE LA RESOLUCIÓN QUE CONFIRMÓ LA REVOCABILIDAD NO ENERVA LA VALIDEZ DE LA DECISIÓN JUDICIAL DE PRIMER GRADO, QUE FUE DICTADA OPORTUNAMENTE Y CON ESTRICTA OBSERVANCIA DE LAS NORMAS QUE REGULAN LA INSTITUCIÓN PENAL DE LA SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, PUES, COMO YA SE DIJO, DICHA REVOCABILIDAD DICTADA EN PRIMERA INSTANCIA SE PRODUJO NO ESTANDO AÚN VENCIDO EL PERIODO DE PRUEBA QUE CUMPLÍA EL ACTOR, RESULTANDO POR ELLO PLENAMENTE VÁLIDA, SIN QUE POR ELLO PUEDA AFIRMARSE LA EXISTENCIA DE AFECTACIÓN DE ALGUNO DE LOS DERECHOS INVOCADOS.

Ficha jurídica

no disponible
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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 00336-2023-PHC/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2024-10-22

Fuente oficial

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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 00336-2023-PHC/TC. , 2024-10-22. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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