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Jurisprudencia · SPIJ

Improcedente: Se advierte que, a la parte demandante se le negó el suministro de agua y saneamiento debido a que la unidad de gestión…

Expediente 01478-2023-PA/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2025-01-15

Sumilla

IMPROCEDENTE. SE ADVIERTE QUE, A LA PARTE DEMANDANTE SE LE NEGÓ EL SUMINISTRO DE AGUA Y SANEAMIENTO DEBIDO A QUE LA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE AZÁNGARO SE OPUSO A ELLO, EN SU CALIDAD DE TITULAR REGISTRAL DE LOS PREDIOS, SIN EMBARGO, EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ESTIMA QUE SI BIEN EL DERECHO AL AGUA POTABLE DEBE GARANTIZARSE, DE AUTOS SE VERIFICA LA NECESIDAD DE QUE LOS ACCIONANTES ACREDITEN FEHACIENTEMENTE QUE SON LOS POSEEDORES DE LOS INMUEBLES EN DONDE SE REALIZARÍAN LAS CONEXIONES RESPECTIVAS.

Ficha jurídica

no disponible
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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 01478-2023-PA/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-01-15

Fuente oficial

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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 01478-2023-PA/TC. , 2025-01-15. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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