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Jurisprudencia · SPIJ

Se colige que, en el caso de autos, se debe amparar la demanda en el extremo referido a la entrega de los números de los…

Expediente 04031-2022-PHD/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2025-02-27

Sumilla

SE COLIGE QUE, EN EL CASO DE AUTOS, SE DEBE AMPARAR LA DEMANDA EN EL EXTREMO REFERIDO A LA ENTREGA DE LOS NÚMEROS DE LOS EXPEDIENTES, IDENTIFICACIÓN DE LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES QUE CONOCIERON LOS PROCESOS DE INTERDICCIÓN O NOMBRAMIENTO DE CURADOR, LA FECHA DE EMISIÓN DE LAS SENTENCIAS EMITIDAS EN PRIMERA Y SEGUNDA INSTANCIA, LA FECHA EN QUE QUEDARON FIRMES, Y EL SENTIDO DEL FALLO, PUESTO QUE TAL INFORMACIÓN NO ES PERSONAL O ÍNTIMA, POR LO QUE NO SE ENCUENTRA EXCLUIDA DE SER DIFUNDIDA.

Ficha jurídica

no disponible
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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 04031-2022-PHD/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-02-27

Fuente oficial

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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 04031-2022-PHD/TC. , 2025-02-27. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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