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Jurisprudencia · SPIJSe concluye que en el presente caso no se acreditó la vulneración de los derechos de defensa y a la motivación de…
Expediente 02114-2023-PHC/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2025-05-27
Sumilla
SE CONCLUYE QUE EN EL PRESENTE CASO NO SE ACREDITÓ LA VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS DE DEFENSA Y A LA MOTIVACIÓN DE RESOLUCIONES JUDICIALES, PORQUE EL USO DE LA PALABRA SE LE DENEGÓ PORQUE ESTE FUE PRESENTADO FUERA DEL PLAZO LEGAL, Y QUE DICHA DENEGACIÓN ESTÁ DEBIDAMENTE JUSTIFICADA.
Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 02114-2023-PHC/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-05-27
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 02114-2023-PHC/TC. , 2025-05-27. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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